Fuente: EFE
Un Juzgado de lo Penal de Murcia ha condenado a dos años y seis meses de prisión a cada uno de los tres propietarios de un local ubicado en Archena que durante varios años emitió música por encima de los niveles permitidos y causó insomnios y síndrome de ansiedad a seis vecinos.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 5, a la que ha tenido acceso Efe, señala que "como consecuencia de esta situación de permanente y continuada contaminación acústica, que ha supuesto un auténtico calvario en sus vidas, han sido asistidos médicamente en numerosas ocasiones".
La resolución judicial condena también a los acusados, Emilia I.C., Ascensión G.S. y Sergio I.M., responsables del bar "Fraggle Rock" del 2003 al 2007, a indemnizar a los seis perjudicados con un total de sesenta mil euros.
La sentencia recoge como hechos probados que "fueron innumerables las denuncias presentadas por los vecinos tanto en el Ayuntamiento como en el cuartel de la Policía Local, así como fueron numerosas las visitas de inspección de agentes de la citada policía y el número de mediciones sonométricas realizadas".
Al hacer una enumeración de las pruebas aportadas al juicio, se indica que la Policía Local tramitó un total de cincuenta denuncias, practicadas bien de oficio o a instancia de particulares, otras 38 denuncias fueron enviadas al alcalde o a la Consejería de Medio Ambiente y a los acusados se les abrió un total de siete expedientes sancionadores por el Ayuntamiento.
Asimismo, se recogen las mediciones sonométricas llevadas a cabo por la policía, en las que "en numerosas ocasiones" se descubrió que el nivel de decibelios del local superaba con creces el límite permitido.
Igualmente señala que el ingeniero municipal emitió un total de once informes "solicitando la incoación de expedientes sancionadores, nueve de ellos, por ruidos, otro por incumplir el horario y otro por carecer de licencia".
Afirma también que si la policía no pudo hacer más mediciones a requerimiento de los vecinos de la zona fue "bien por los dispositivos de alerta que los acusados tenían en el local para observar la presencia de los agentes o bien porque éstos no disponían en ese momento del medidor".
Como consecuencia de estos hechos, añade la sentencia, seis personas han tenido que recibir asistencia médica y farmacológica.
Esta decisión judicial, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Murcia, es la primera que se produce en la Región en la que se condena a la cárcel por contaminación acústica, según subrayó hoy a Efe el fiscal que mantuvo la acusación en este caso, José Luis Díaz Manzanera.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 5, a la que ha tenido acceso Efe, señala que "como consecuencia de esta situación de permanente y continuada contaminación acústica, que ha supuesto un auténtico calvario en sus vidas, han sido asistidos médicamente en numerosas ocasiones".
La resolución judicial condena también a los acusados, Emilia I.C., Ascensión G.S. y Sergio I.M., responsables del bar "Fraggle Rock" del 2003 al 2007, a indemnizar a los seis perjudicados con un total de sesenta mil euros.
La sentencia recoge como hechos probados que "fueron innumerables las denuncias presentadas por los vecinos tanto en el Ayuntamiento como en el cuartel de la Policía Local, así como fueron numerosas las visitas de inspección de agentes de la citada policía y el número de mediciones sonométricas realizadas".
Al hacer una enumeración de las pruebas aportadas al juicio, se indica que la Policía Local tramitó un total de cincuenta denuncias, practicadas bien de oficio o a instancia de particulares, otras 38 denuncias fueron enviadas al alcalde o a la Consejería de Medio Ambiente y a los acusados se les abrió un total de siete expedientes sancionadores por el Ayuntamiento.
Asimismo, se recogen las mediciones sonométricas llevadas a cabo por la policía, en las que "en numerosas ocasiones" se descubrió que el nivel de decibelios del local superaba con creces el límite permitido.
Igualmente señala que el ingeniero municipal emitió un total de once informes "solicitando la incoación de expedientes sancionadores, nueve de ellos, por ruidos, otro por incumplir el horario y otro por carecer de licencia".
Afirma también que si la policía no pudo hacer más mediciones a requerimiento de los vecinos de la zona fue "bien por los dispositivos de alerta que los acusados tenían en el local para observar la presencia de los agentes o bien porque éstos no disponían en ese momento del medidor".
Como consecuencia de estos hechos, añade la sentencia, seis personas han tenido que recibir asistencia médica y farmacológica.
Esta decisión judicial, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Murcia, es la primera que se produce en la Región en la que se condena a la cárcel por contaminación acústica, según subrayó hoy a Efe el fiscal que mantuvo la acusación en este caso, José Luis Díaz Manzanera.
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