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jueves, 9 de agosto de 2012

Ricote: El Ayuntamiento quiere cobrar la basura a 20 casas de Abarán


Fuente: La Verdad
Las viviendas se ubican en los parajes de Cuesta Egea y Charrara, y usan, según el Consistorio, los contenedores ricoteños 
El Ayuntamiento ha enviado una notificación a unas veinte familias con viviendas rurales situadas en el término de Abarán -en los parajes de Cuesta Egea y Charrara- a las que quiere darles de alta en el padrón de basura, cobrarles por el servicio e imponerles una tasa.
La concejal de Hacienda aduce que «estos vecinos, por la proximidad al término de Ricote, se sirven de los contenedores sin estar aportando nada a este ayuntamiento, que es quien abona al concesionario la facturación de la recogida de basura». La propuesta municipal va más allá en el sentido de que «dado que es un servicio del que se disfruta desde hace tiempo, procede liquidar los últimos cuatro años».
Se da la paradoja de que para otros servicios, como el suministro eléctrico, el Ayuntamiento de Ricote no quiera saber nada. De hecho, estos vecinos carecen de luz. El consistorio abaranero no cobra tasa por este concepto a los residentes al no ofrecer servicio de recogida de basura.
La reacción de los vecinos no se ha hecho esperar y alegaron que "nuestras viviendas están situadas físicamente en el término municipal de Abarán y dependemos administrativamente del mismo, sin que el de Ricote tenga competencias legales sobre las mismas, y no es cierto que nos sirvamos de los contenedores ya que estos se encuentran a un kilómetro de distancia».
Recurso de reposición
Uno de estos vecinos, que ha presentado recurso de reposición impugnando el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ricote, explicó que «parece que dicha junta ignora la Constitución Española, en la que en uno de sus artículos dice que las corporaciones locales pueden establecer tributos locales sin más limitaciones que la propia constitución y las leyes». Además, según los vecinos, el acuerdo «vulnera varias leyes como las de Bases de Régimen Local cuyo artículo 12 afirma que el termino municipal es el territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias».

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